Calidad y Adaptación
Actualmente, se encuentran a nuestro cargo 1.000 procesos judiciales en trámite. Para ofrecer un mejor y eficaz servicio el departamento de gestión de cobranzas judiciales cuenta con un sistema a medida para cubrir las necesidades individuales de cada cliente.
Tecnología
Se ha estructurado un sistema procesal adecuado a los nuevos procesos virtuales de cobro de deuda por vía judicial mediante expediente digital para hacer frente a la continuación de todas aquellas gestiones judiciales, de los créditos cuya gestión de cobranza extrajudicial hubiera fracasado definitivamente, o cuando su iniciación fuera necesaria para preservar la cobrabilidad del crédito.
Cuidamos su patrimonio
Se ha previsto un sistema de detección de eventuales prescripciones, para, cualquiera sea el estado de la negociación extrajudicial, promover de inmediato las acciones judiciales preservando, como fuera dicho, el cobro del crédito en su integridad.
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¿Cuándo llegamos a un cobro judicial?

Es la última opción que usan las empresas para recuperar su dinero. No existe un plazo exacto, pero en general la Cobranza Judicial comienza a los 120 días que se venció el plazo de la deuda. Suele ser la última etapa en el proceso de cobro:

  • Cobranza Preventiva: comienza antes de que se venza la deuda
  • Cobranza Extrajudicial: comienza inmediatamente después de que se venció la deuda
  • Cobranza Judicial: comienza 120 días después de que se venció la deuda

Ahora bien ¿Qué es la Cobranza Judicial? Es una demanda que realiza la empresa al deudor cuando este último deja de pagar sus tarjetas de crédito o cualquier otra deuda. La empresa ve que el deudor no está pagando y que ya ha pasado un plazo razonable para cancelar lo que le deben, y por lo tanto acude a tribunales para iniciar un juicio en contra de la persona morosa.

Si se paga lo adeudado (con sus respectivos intereses y honorarios), la Cobranza Judicial termina de forma inmediata y todas las acciones judiciales que existían en contra del deudor desaparecen, pero si no paga pueden haber consecuencias graves para el deudor.

Verificamos cada detalle para lograr una mayor efectividad

En esta instancia, nuestro equipo de profesionales analiza la VIABILIDAD y CONVENIENCIA del recupero judicial de la deuda a partir de la información obtenida en las instancias previa y mediante la utilización de bases de datos. En el marco del proceso judicial, el estudio cuenta con un Staff propio de gestores, martilleros, verificadores y demás auxiliares que permiten la inmediatez y celeridad en la procuración de las causas

Medidas judiciales para recuperar el dinero cuando en deudor no paga

Embargo Judicial de haberes

Una de las posibilidades de embargo es notificando al empleador del deudor para que le descuente un porcentaje de sus haberes.

Embargo y secuestro de bienes

En caso de negativa de pago del deudor se puede realizar el secuestro de bienes para que los mismos sean vendidos en un remate judicial. De esta forma se logra recuperar el crédito.

Inhibición General de Bienes

Este es otro mecanismo utilizado para evitar que el deudor liquide sus bienes y así poder lograr el cobro de la deuda.

Otros mecanismos

También existen otros mecanismos para recuperar el crédito en caso que el deudor se rehúse a pagar su deuda como la prohibición de innovar, anotación de litis, etc.

Donde encontrarnos

Mendoza 430 P.B. "A", San Miguel de Tucumán

(0381) 4226333

npacios@estudiojuridicopacios.com

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